La AFIP y la SIECyGCE ampliaron el plazo de pronunciamiento de los organismos intervinientes en las declaraciones SIMI
Informamos que, en el Boletín Oficial del día de la fecha (17/09/2021), se publicó la Resolución General Conjunta AFIP y SIECyGCE N°5070/2021, por medio de la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa (SIECyGCE) dispusieron ampliar de DIEZ (10) a SESENTA (60) días el plazo en el cual los organismos competentes podrán pronunciarse respecto a la declaración efectuada a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI).
Dicha medida comienza a regir a partir de hoy, viernes 17 de septiembre de 2021.
Es decir, la información registrada en las declaraciones SIMI, que es puesta a disposición de los siguientes organismos, para que en el ámbito de sus respectivas competencias realicen la intervención correspondiente, deberán pronunciarse (aprobar u observar) en un lapso no mayor a SESENTA (60) días, contados desde el registro en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI):
- BI15: SSPyGC (Licencias Automáticas)
- BI20: ANMAT
- BI30: DGI
- BI31: DGA
- BI32: SEDRONAR
- BI33: DGRSS
- BI34: SSPyGC (Licencias No Automáticas)
- BI38: DJCP
Cuadro comparativo sobre la modificación introducida a la norma
Fuente: CDA