Se prorroga la Resolución de AFIP que habilitó a pymes a postergar los Derechos de Exportación aunque presenten incumplimientos | Allin S.A.

Se prorroga la Resolución de AFIP que habilitó a pymes a postergar los Derechos de Exportación aunque presenten incumplimientos

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4843/2020

Se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020, el plazo otorgado por el artículo 1º de la Resolución General Nº 4.728/20 AFIP, que estableció por 60 días corridos, que aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) y que presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante esta Administración Federal, podrán utilizar la garantía “Declaración jurada del exportador”.

Al momento de la publicación de la RG 4728, el pasado 1° de junio, sólo los exportadores que no tenían deudas impositivas o previsionales podían utilizar el beneficio de postergar el pago de los Derechos de Exportación, mediante una Declaración Jurada que se instrumentaba en la declaración del Permiso de Embarque, mediante el código la ventaja “DEJUATO”.

La condición sigue siendo, para acogerse a este beneficio, que los exportadores deberán encontrarse inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs).

Ver aquí Resolución General 4843/2020

Cordialmente,

Equipo ALL IN SA