Derecho de exportación – Desgravación – Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs)
7
may
Este martes, 7 de mayo, fueron publicados en el Boletín Oficial de la Nación, los Decretos 280/19 y 335/19 que establecen la Desgravación del Derecho de Exportación, que oportunamente se estableció mediante el Decreto 793/18, para las Micro, Pequeñas y Medianas empresas a partir de mañana 08 de mayo y hasta el 31 de 2019.
Dicha Desgravación será aplicable a las empresas que cumplan con las siguientes condiciones:
- Sus exportaciones realizadas en el año 2018, no hayan superado los 50 millones de dólares.
- Estar inscriptos en el Registro de MiPyMEs, del Ministerio de Producción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 24.467
- El monto sujeto a desgravación no podrá superar los 600 mil dólares.
- Las exportaciones por cuenta y orden de terceros No gozarán de este beneficio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, (AFIP), dictará las medidas necesarias para la aplicación de estos Decretos.