Res. AFIP 4360/2018: Automatización del procedimiento de liberación de garantías de operaciones aduaneras. Norma complementaria a la R.G. AFIP N° 3.885. | Allin S.A.

Res. AFIP 4360/2018: Automatización del procedimiento de liberación de garantías de operaciones aduaneras. Norma complementaria a la R.G. AFIP N° 3.885.

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La RG 3885 regula todo lo referente a las garantías utilizadas por AFIP y prevé los supuestos en los cuales se encontrará habilitado para proceder a la liberación de cauciones aduaneras. Con esta nueva norma se introduce a la RG 3885 las adecuaciones a fin de implementar la “Automatización de Liberación de Garantías en Operaciones Aduaneras”.

 

Desde el 31/01/2019, para los siguientes casos, dentro del plazo de la garantía, Aduana deberá decidir sobre el valor de la mercadería y resolver si libera o denuncia; vencido el plazo, de no producir el registro en el SIM sobre lo que resuelve aduana, se producirá en forma automática la liberación de la garantía.

 

– VACR (valor criterio)

– MORA (rojo valor)

– MOVA (módulo de valor)

 

En el caso de los motivos del Régimen Automotriz (REAU), Aduana recibirá la solicitud de la liberación de las garantías, emitidas por Secretaría de Industria para determinado período; el Departamento Operador Económico Autorizado, a través del Sistema Informático de Trámite Aduaneros (SITA) registrará el trámite en forma electrónica para su liberación.

 

Para el resto de los códigos de motivos de garantías del Anexo I de la R.G. N° 3.885,  la implementación de la automatización de la liberación será publicado en el micrositio “Aduana” “Garantías-Operaciones Aduaneras” del sitio web de la AFIP.

 

La liberación de las garantías de operaciones aduaneras para todos los códigos de motivos, se notificará en forma automática mediante SICNEA.

 

Aduana y a la Subdirección General de Recaudación quedan facultadas para dictar las normas complementarias necesarias a los fines de cumplimentar con el cronograma de esta resolución.