INSCRIPCION EN EL RUMP – QUEDA SIN EFECTO EL FORMULARIO “A” | Allin S.A.

INSCRIPCION EN EL RUMP – QUEDA SIN EFECTO EL FORMULARIO “A”

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Estimados clientes y amigos les informamos que el FORMULARIO “A” deja de tener efecto en menos de 30 días, por lo tanto, deberán realizar obligatoriamente la inscripción en el TAD para después registrarse en el RUMP.

INSCRIPCION EN EL RUMP – QUEDA SIN EFECTO EL FORMULARIO “A”

Nuevos trámites para la obtención de las Declaraciones Juradas de Conformidad de Productos

En el marco del Plan de Modernización del Estado (Dto. 434/2016) se ha creado la Plataforma TAD, Tramitación a Distancia, (Dto. 1063/2016) que tiene por objeto la informatización de los tramites sirviéndose de la digitalización de documentos.

Por Res. 442/2016 se crea el Registro Único del Ministerio de la Producción (RUMP) que se debe cumplimentar para todo trámite ante el mismo.

El Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP) es un sistema de información y documentación que agiliza y facilita la aplicación a todos los programas del Ministerio.

El RUMP le permite al usuario iniciar trámites, adjuntar y completar la documentación o información requerida de aquellos trámites que tenga vigentes y realizar su seguimiento.

¿Cómo se accede?

Ingresando a TAD (Tramitación a Distancia) con C.U.I.T. y clave fiscal nivel 2. Nota: Al acceder por primera vez el usuario deberá adherirse al servició de TAD dentro de la web de AFIP.

Tutorial para Adherir servicio TAD: https://www.youtube.com/watch?v=3DCiSG_7zKY

Para obtener el alta al RUMP, el usuario debe aceptar los términos y condiciones del sistema descriptos en el ANEXO II de la resolución. Una vez aceptados los términos y condiciones, deberá ingresar los datos requeridos por el formulario. Luego de completar la documentación obligatoria se generará un legajo virtual que tendrá un número de identificación único e irrepetible y contendrá todos los datos ingresados por el usuario. Tras obtener el número de legajo, el usuario se encontrará habilitado para aplicar a los programas del Ministerio de Producción.

El pasado 10 de Enero se publicó la Res. Nº E 02/2017 de la Secretaría de Comercio que ha dejado sin efecto la utilización del FORMULARIO “A” en las tramitaciones realizadas ante la Dirección de Lealtad Comercial y conforme los cambios introducidos por las normas antes mencionadas los interesados en su lugar deberán cumplimentar el RUMP.

IMPORTANTE: Los Importadores que tramitan Declaraciones Juradas de Conformidad de Productos deberán adherir al TAD, tramitar el RUMP y a través de esta plataforma ahora podrán presentar los Certificados de Productos y Form. “C”. Rige desde el 09/02/2016.

Se anexa aquí Formulario C.

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