Res. 4/2018: MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, INV | Allin S.A.

Res. 4/2018: MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, INV

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Mediante esta resolución se autoriza el uso de envases de acero inoxidable para el fraccionamiento de vino por establecimientos vitivinícolas y su posterior distribución para el servicio directo al consumidor.
Este tipo de recipiente permite mantener al vino bajo una atmósfera inerte, evitando alteraciones del mismo y conservando las características físico-químicas y organolépticas del producto original.
El establecimiento inscripto en el INV será el responsable del producto, su precintado y los requisitos de etiquetado.
La firma que realice la distribución de los envases para consumo directo del vino, deberá inscribirse como “PRESTADOR DE SERVICIO DE ENVASES DE ACERO INOXIDABLE PARA EL CONSUMO DIRECTO DE VINO”, conforme Res. Nº C.18/09 y será el responsable del sistema de extracción hasta el servicio de expendio.
Requisitos para los envases:
• Proveedor inscripto “PRESTADOR DE SERVICIO DE ENVASES DE ACERO INOXIDABLE PARA EL CONSUMO DIRECTO DE VINO”
• Uso exclusivo vínico.
• Poseer la certificación del fabricante donde conste que son aptos para: vinos tranquilos y/o vinos gasificados y/o vinos espumantes, contenido neto, máxima presión de trabajo admitida y presión a la que se rompe el disco o dispositivo de seguridad en cada caso. Así también en la certificación deberán constar los números identificatorios de los envases a los cuales abarca este documento.
• Deberán contar con disco de seguridad u otro tipo de protección ante ruptura por exceso de presión.
• Deberán ser herméticos.
• Volumen, hasta 50lts.
• Precinto que asegure el cierre del envase durante su trayecto desde su relleno hasta la conexión al sistema de extracción, colocado por el establecimiento fraccionador.
Requisitos para sistemas de extracción:
• Uso exclusivo de nitrógeno, argón o mezcla de nitrógeno y argón – grado alimentario, como gas de servicio.
• Tanto los materiales que entren en contacto con el vino en el sistema de expendio, como los materiales de la líneas de gas, deberán ser aptos para contacto con alimentos.
• El sistema deberá contar con una o más válvulas de seguridad para prevenir presiones excesivas.
Aquellos establecimientos que fraccionen y quieran distribuir vino en este tipo de envases para ser servido directamente a consumidores, deberán efectuar una comunicación en la oficina del INV de su jurisdicción, a fin de dejar constancia de la nueva actividad en su legajo electrónico.
Comienza a regir desde el 31/10/2018.